CIRCULAR INFORMATIVA No. 044
DE: FENACOVEN NACIONAL
PARA Directivos – Seccionales Afiliadas
ASUNTO: SUGERENCIAS BANCARIZACION
FECHA: 17 de Septiembre de 2014
Cordial saludo Amigo Compra Vendedor.
Como es de conocimiento general el control de los medios de pago proviene del Art. 26 de la Ley 1430 de 2010, insertó en el Art. 771-5 del Estatuto Tributario, que establece las condiciones y límites para que los erogaciones en efectivo que tengan que ver con costos, deducciones, impuestos descontables y pasivos puedan ser admitidas en la parte tributaria como tales. Fenacoven Nacional entrega nuevamente sugerencias que deben ser aplicadas día a día en la actividad compravendedora de carácter urgente:
RECOMENDACIONES INMEDIATAS
Aunque no han salido los acostumbrados decretos reglamentarios, es pertinente que se haga los ajustes a manejos en el flujo de efectivo, para de esta manera a través de cuentas bancarias (insistir en la apertura de la misma) poder realizar las diferentes transacciones así:
- Los salarios a empleados
- Pago de arrendamiento.
- Servicio público de energía.
- Servicio público de agua
- Servicio público de teléfono, internet y televisión.
- Pago de asesorías, Contador, Revisor Fiscal, Abogados.
- Pago de parafiscales
- Elaboración de papelería y gastos de aseo
- Mantenimientos de edificaciones y equipos.
- Las consignaciones deben estar hechas a las cuentas de los beneficiarios, las consignaciones deben anexarse en su contabilidad al egreso y factura o cuenta de cobro respectiva.
- Elaborar un talonario de documento equivalente, el cual se usará para cuando se hagan pagos a personas que no están obligadas a expedir facturas por sus servicios, por estar en el régimen simplificado. Adjuntamos modelo, sugerimos a las seccionales realizar este documento.
- Creación de un fondo de caja menor, esta se debe crear con un reglamento de caja menor y se puede hacer la transferencia bancaria al empleado encargado, en este punto se debe ser muy cuidadoso de la imputación del tercero al momento de hacer el reembolso de caja menor, para efectos de reporte de información exógena, de manera tal que se pueda determinar de manera ágil que son pagos laborales y que son pagos por reembolso de caja menor. Adjuntamos modelo.
- Efectuar el cálculo mensual de la parte no deducible para efectos de ir planeado, de alguna manera el impacto que va tener esta norma en el pago del impuesto anual.
- En nuestro gremio de Almacenes de Compra venta con pacto de retroventa, no es ningún secreto que se cuentan con un porcentaje de clientes fieles, con los cuales se puede hacer una campaña de sensibilización en la cual podamos realizar las transacciones por transferencia bancaria, directamente a la cuenta del cliente.
- Reestructurar nuestros controles internos, para adaptar nuestro manejo diario de cada establecimiento a estos cambios por la obligatoriedad de la bancarización.
Por estadísticas que maneja la DIAN el crecimiento proyectado para nuestra actividad comercial está en un 4.52%, recomendamos a los contadores incrementar el pago de la declaración de renta sobre este porcentaje ya que al no hacerlo está expuesto de entrar al programa de fiscalización de la DIAN para revisión de su declaración.
También recomendamos la elaboración en borrador de la declaración del año 2014, para de esta manera ir proyectando el impuesto a pagar.
Cordialmente;
SANDRA LOPEZ SOLANO
Directora Ejecutiva
FENACOVEN Nacional
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